sábado, abril 27, 2024

Pesca Huelva

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Regulación de la pesca del bonito en aguas interiores

Los bonitos, aquí popularmente conocidos como ‘Serruchos‘ son una especie incluida en la lista de ‘Especies sometidas a medidas especiales de protección’ de la Comunidad de Andalucía. Esta regulación se recoge en la ORDEN de 29 de noviembre de 2004, por la que se desarrolla el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la de pesca marítima de recreo en aguas interiores. Para su captura se requiere de una licencia especial que expide la Junta de Andalucía.

Esta normativa sólo es aplicable en aguas interiores y es de especial atención para aquellos pescadores desde costa o embarcaciones y kayaks que frecuenten la pesca en alguna de nuestras rías o zonas costeras.

Mediante esta norma también queda regulado el límite de capturas de bonito (sarda sarda) a cinco piezas por licencia y día, con un máximo de veinte piezas por embarcación y día.


Para su obtención hay que realizar la Solicitud para la autorización de captura de determinadas especies, condiciones y topes máximos de captura durante la práctica de la pesca marítima de recreo en aguas interiores a través de internet, o presencialmente en la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva situada en la C/ Mozárabes, 8.


En aguas exteriores no es necesaria dicha autorización especial ni se aplican estos límites.

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